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La vuelta de Morón, Cote y Arahal a la orden de Alcántara

La vuelta de Morón, Cote y Arahal a la orden de Alcántara

En 1358, el monarca Juan I devolvió Morón, Cote y Arahal a la Orden de Alcántara. De esta manera, Morón se convertía en una de las principales encomiendas de la orden, llegando, en ocasiones, a estar gobernada por el Comendador Mayor de la Orden, al ser la única encomienda fronteriza con Granada, perteneciente a la Orden.

Este periodo es mejor conocido gracias a la documentación que se conserva en el Archivo Histórico Municipal de la localidad. Nos estamos refiriendo a las Actas Capitulares de 1402 a 1426, que nos permiten conocer cómo estaba organizada la villa y sus territorios bajo la Orden de Alcántara.

Las funciones de los Comendadores se basaban en la defensa militar del territorio, el resto de funciones de administración y gobierno de la villa dependían del Maestre, entre ellas, estaba la de confirmar en sus cargos a los oficiales del Concejo.

La organización y administración de la villa estaba muy condicionado por su carácter fronterizo. Desde que Morón fue conquistada por los cristianos a mediados del s. XIII hasta la ocupación de Ronda (1485), la villa se había convertido en un enclave fronterizo de primer orden, ya que eran frecuentes las amenazas y ataques de los moros de Ronda, Zahara, Pruna y Setenil. Esta situación obligaba a al población a pagar el diezmo de las cabalgadas para atender al pago de los salarios de los guardas del campo. Unas cabalgadas que eran organizadas el Comendador o el Alcalde del castillo (eran bastante normales y tradicionales y su objetivo era debilitar al enemigo o llevarlas a cabo como represalias por algún ataque musulmán previo y compensar a los damnificados de la villa). Esta situación obligaba a los vecinos de la villa a participar de una manera muy activa en la defensa de la villa y sus territorios.

Es un momento en el que predominan la ganadería y la agricultura como principales actividades económicas, combinadas con el aprovechamiento de la riqueza natural y cinegética.

Gracias al estudio de las Actas Capitulares, anteriormente citadas, se presume cierto comercio generalizado de varios productos con el territorio granadino (pimienta, azafrán, jengibre, canela, alcarabea…), sedas, colorantes y otros productos como higos, pasas o azúcar, pudiendo ser este comercio incluso clandestino (algo que no aparece recogido en las fuentes oficiales).

Gracias a esas Actas Capitulares también conocemos cómo se organizaba el Concejo, el cual tenía una estructura muy sencilla (hay que tener en cuenta que estamos hablando de un poblamiento de unos 300 vecinos), que contaba con los siguientes cargos:

  • 2 alcaldes. Los alcaldes eran la máxima autoridad, ya que tenían competencias judiciales (juzgaba en primera instancia a los vecinos de la villa y recibía las apelaciones de las sentencias emitidas por los alcaldes de la aldea de Arahal) y eran los encargados de presidir las reuniones capitulares.
  • 1 alguacil. El alguacil ejecutaba los mandamientos del concejo y las sentencias de los alcaldes, además se encargaba de la vigilancia de presos y de la cárcel del concejo.
  • 2 jurados. Los jurados tenían unas funciones peor definidas, pero sabemos que participaban en el gobierno de la villa y elaboraban el padrón de vecinos cada vez que había una derrama
  • 1 mayordomo. El mayordomo recogía administraba las rentas del Concejo.
  • 3 regidores (a partir de 1425)

Todos estos cargos tenían carácter anual, y como norma general el Concejo se reunía a principios y a final de año, aunque también lo podía hacer en ocasiones puntuales.

El Concejo también contaba con una serie de personas a su servicio:

  • Peón del Concejo (con funciones de portero y pregonero en determinados momentos), cuya función era la de citar a los alcaldes y oficiales para las diferentes reuniones.
  • Guardas (no sabemos si del campo o de los accesos a la frontera).
  • Alarife.
  • Escribanos (sus firmas aparecen en los Libros Capitulares).

Las relaciones del Concejo con la Orden de Alcántara se reglaban por las libertades y exenciones que habían recibido de los diferentes Maestres y de monarcas como Alfonso X y Enrique II. Estas libertades y exenciones derivaban de la confirmación que se hizo en 1403 de una serie de privilegios otorgados entre 1371 y 1375 y entre 1375 y 1378, entre los que destacaba el respeto a la villa de elegir cada año a sus propios alguaciles o aquellos que regulaban las relaciones entre Morón y el concejo de Arahal, aldea dependiente de la villa (Arahal podía elegir a sus propios alcaldes, pero éstos tenían que ser confirmados por Morón, y tenían plenos poderes para juzgar en primera instancia todos los pleitos civiles, aunque las apelaciones se tenían que remitir a Morón; por otra parte, Arahal tenía que contribuir con las derramas que Morón dictaminase).

Estas relaciones entre la Orden y el Concejo tienen su reflejo en el reparto de los cargos concejiles.

A parte de los cargos concejiles, en las Actas Capitulares también aparecen los “Omes buenos”. En ellos recaía el gobierno de la villa y de ellos emanaban los oficiales del Concejo (eran elegidos por ellos y entre ellos). Desconocemos el sistema de elección que empleaban, pero, seguramente, sería una combinación entre la elección simple y otros sistemas de elección directa. Tampoco tenemos mucha información sobre sus propiedades o nivel de riqueza, pero, en el caso de Morón, pudieron ser caballeros de cuantía, con un perfil social y económico bien definido. Sería un grupo abierto al que se accedería en función de los bienes raíces y muebles que poseyeran (es decir, aquellos que determinasen la cuantía a tener caballos y armas). Hay documentados un centenar de estos "Omes buenos" y hasta 70 de ellos llegaron a ocupar cargos concejiles.

Gracias a la conservación de los libros de cuentas dentro de las, anteriormente citadas, Actas Capitulares, podemos tener información sobre cómo era la hacienda municipal de estos momentos. En realidad, se trata de resúmenes de las gestiones que realizaban los mayordomos.

Las rentas provenían de: los lugares de pasto, de 2 hornos del Concejo, la renta del diezmo del esparto y las rentas de la montaracía, de la calabazuela (desconocemos su naturaleza), del almotacenazgo, de las colmenas, de la entrada de vino y de la carnicería. Con esto vemos que tenemos una hacienda municipal pobre y cualquier gasto imprevisto obligaba a hacer una derrama entre los vecinos.

Esas rentas se destinaban a: el pago de los salarios del peón del Concejo, del mayordomo, de los alcaldes, del almotacén de la tierra (era un gran conocedor de las tierras fronterizas y del árabe, que pudo actuar como una especie de espía en territorio granadino), del herrero de la villa y del sacristán; al pago de obras públicas (reparación de edificios municipales, construcción de puertas, portillos y barreras de la muralla y a fuentes y pilares), a la vigilancia de la villa, a correos y emisarios (eran utilizados para mantener la comunicación con el Maestre o el Comendador de Morón, los cuales residían en Sevilla) y al pago de gastos varios (gastos derivados de las reuniones capitulares, como la bebida y la comida, al pago del papel o pergamino usados por los escribanos o los gastos derivados de atender al Maestre y al alcaide de la fortaleza).

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